Leyes de la República


MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL SUBSECRETARIA DE GUERRA

LEY Núm. 18.877
MODIFICA EL ESTATUTO DEL PERSONAL DE LAS FUERZA ARMADAS

     Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente     
Proyecto de ley:


      DO 1990


Ministerio de Defensa Nacional
SUBSECRETARIA DE GUERRA
LEY N° 18.877
MODIFICA EL ESTATUTO DEL PERSONAL DE LAS FUERZA ARMADAS
La Junta de Gobierno de la República de Chile ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley
Artículo único.- Sustitúyese la letra d) del artículo 216 del decreto con fuerza de ley No. 1 (G), de 1968, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto supremo No. 148, de 1986, del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría de Guerra, por la siguiente:
d) Con un aporte de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional equivalente al 1/2% de las sumas afectas a los descuentos a que se refieren las letras a) y b) del artículo 5° del decreto con fuerza de ley No. 31, de 1953, del personal afecto a desahucio.
JOSE T. MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en Jefe de la Armada, Miembro de la Junta de Gobierno.- FERNANDO MATTHEI AUBEL, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea, Miembro de la Junta de Gobierno.- RODOLFO STANGE OELCKERS, General Director, General Director de Carabineros, Miembro de la Junta de Gobierno.- SANTIAGO SINCLAIR OYANEDER, Teniente General de Ejército, Miembro de la Junta de Gobierno.
Por cuanto he tenido a bien aprobar la precedente Ley la sanciono y la firmo en señal de promulgación. Llévese a efecto como Ley de la República.
Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial e insértese en la recopilación Oficial de dicha Contraloría.
Santiago, 13 de diciembre de 1989.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, Capitán General, Presidente de la República.- Patricio Carvajal Prado, Ministro de Defensa Nacional.
Lo que se transcribe para su conocimiento.- Ricardo Miranda Garbarini, Coronel, Subsecretario de Guerra subrogante.