Leyes de la República


MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL SUBSECRETARIA DE CARABINEROS

LEY Núm. 18.921
MODIFICA DFL No. 2 (I), DE 1968, ESTATUTO DEL PERSONAL DE CARABINEROS DE CHILE

     Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente     
Proyecto de ley:


      DO 1990


SUBSECRETARIA DE CARABINEROS
LEY N° 18.921
MODIFICA DFL No. 2 (I), DE 1968, ESTATUTO DEL PERSONAL DE CARABINEROS DE CHILE
La Junta de Gobierno de la República de Chile ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley
Artículo único.- Sustitúyese en el No. 1 del artículo 141° del decreto con fuerza de ley No. 2, de Interior, de 1968, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por decreto supremo No. 12, de 1977, de la Subsecretaría de Carabineros del Ministerio de Defensa Nacional, la expresión cinco por seis.
JOSE T. MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en Jefe de la Armada, Miembro de la Junta de Gobierno.- FERNANDO MATTHEI AUBEL, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea, Miembro de la Junta de Gobierno.- RODOLFO STANGE OELCKERS, General Director, General Director de Carabineros, Miembro de la Junta de Gobierno.- JORGE LUCAR FIGUEROA, Teniente General, Vicecomandante en Jefe del Ejército, Miembro de la Junta de Gobierno.
Por cuanto he tenido a bien aprobar la precedente ley la sanciono y la firmo en señal de promulgación. Llévese a efecto como ley de la República.
Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial e insértese en la recopilación Oficial de dicha Contraloría.
Santiago, 29 de enero de 1990.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, Capitán General, Presidente de la República.- Patricio Carvajal Prado, Vicealmirante, Ministro de Defensa Nacional.
Lo que se transcribe para su conocimiento.- Julio C. Reuse Rodríguez, Tte. Coronel de Carabineros, Subsecretario de Carabineros Subgte.