MINISTERIO DEL INTERIOR SUBSECRETARIA DEL INTERIOR
LEY Núm. 19.096
AMPLIA PLAZO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 2º TRANSITORIO DE LA LEY No. 18.883
Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
DO 1991
LEY N° 19.096
AMPLIA PLAZO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 2° TRANSITORIO DE LA LEY No. 18.883
Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de Ley:
Artículo único.- Sustitúyese en el artículo 2° transitorio de la ley No. 18.893, la expresión veinticuatro meses, introducida por el artículo único de la ley No. 18.982, por la de treinta y seis meses..
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.
Santiago, 31 de octubre de 1991.- PATRICIO AYLWIN AZOCAR, Presidente de la República.- Enrique Krauss Rusque, Ministro del Interior.
Lo que transcribo a Ud., para su conocimiento.- Saluda a Ud.- Belisario Velasco Baraona, Subsecretario del Interior.