Leyes de la República


MINISTERIO DE JUSTICIA SUBSECRETARIA DE JUSTICIA

LEY Núm. 19.215
MODIFICA ARTICULO 505 DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTO PENAL

     Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente     
Proyecto de ley:


      DO 1993



Ministerio de Justicia
LEY N° 19.215
MODIFICA ARTICULO 505 DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTO PENAL
Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
Artículo único: Agrégase al artículo 505 del CPP el siguiente inciso final:
No obstante lo establecido en los incisos anteriores, el cúmplase de la sentencia de segunda instancia se notificará al condenado o a su representante, indistintamente.
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.
Santiago, 07 de mayo de 1993, PATRICIO AYLWIN AZOCAR, Presidente de la República, Francisco Cumplido Cereceda, Ministro de Justicia.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud.- Martita W"rner Tapia, Subsecretaria de Justicia.