Leyes de la República


MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL SUBSECRETARIA DE INVESTIGACIONES

LEY Núm. 19.268
SUSTITUYE ARTICULO 27 DE LA LEY No. 16.468

     Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente     
Proyecto de ley:


      DO 1993



Ministerio de Defensa Nacional
SUBSECRETARIA DE INVESTIGACIONES
LEY N° 19.268
SUSTITUYE ARTICULO 27 DE LA LEY No. 16.468
Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de Ley:
Artículo único. Sustitúyese el artículo 27 de la ley número
16.468, por el siguiente:
Artículo 27. El curso regular de instrucción para los Aspirantes a Detectives de la Escuela de Investigaciones Policiales será de seis semestres académicos.
No obstante lo dispuesto en el inciso anterior, el Presidente de la República, en casos debidamente calificados, podrá - mediante decreto supremo fundado, que deberá llevar las firmas de los Ministros del Interior, de Defensa Nacional y de Hacienda - nombrar Detectives a los Aspirantes que hayan aprobado cuatro semestres académicos. Estos Detectives completarán su formación de seis semestres, a continuación de su nombramiento, con un plan de perfeccionamiento en servicio, organizado por la Escuela, al término del cual deberán rendir el correspondiente examen para obtener el título de Investigador Policial...
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.
Santiago, 19 de Noviembre de 1993.- PATRICIO AYLWIN AZOCAR, Presidente de la República.- Enrique Krauss Rusque, Ministro del Interior y Ministro de Defensa Nacional Subrogante.- Alejandro Foxley Rioseco, Ministro de Hacienda.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Jorge Pantoja Bornand, Subsecretario de Investigaciones.