Leyes de la República


MINISTERIO DE HACIENDA SUBSECRETARIA DE HACIENDA

LEY Núm. 19.275
DESTINA RECURSOS QUE INDICA PARA EL FONDO DE DESARROLLO DE LA REGION DE MAGALLANES Y DE LA ANTARTICA CHILENA

     Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente     
Proyecto de ley:


      DO 1993



Ministerio de Hacienda
LEY N° 19.275
DESTINA RECURSOS QUE INDICA PARA EL FONDO DE DESARROLLO DE LA REGION DE MAGALLANES Y DE LA ANTARTICA CHILENA
Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
Artículo 1°.- Una cantidad equivalente al 25% de los ingresos por concepto de derechos de explotación a que se refiere el artículo
6° del decreto ley No. 2.312, de 1978, calculada sólo respecto de la producción de gas y/o petróleo en la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena, se destinará anualmente, a través de su incorporación en la Ley de Presupuestos respectiva, a constituir un Fondo de Desarrollo de dicha Región, de carácter acumulable, el cual será administrado por el Gobierno Regional y asignado a proyectos de fomento y desarrollo de la Región.
Sin perjuicio de las atribuciones del Gobierno Regional, la operación del referido Fondo será realizada por el Comité Regional de Fomento de la Producción de Magallanes y la Antártica Chilena.
Artículo 2°.- A lo menos, un 25% de los recursos que genere anualmente esta ley, deberá ser destinado por el Gobierno Regional a la provincia de Tierra del Fuego..
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.
Santiago, 29 de Noviembre de 1993.- PATRICIO AYLWIN AZOCAR, Presidente de la República.- Alejandro Foxley Rioseco, Ministro de Hacienda.
Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud.- Jorge Rodríguez Grossi, Subsecretario de Hacienda.