Leyes de la República


MINISTERIO DE ECONOMIA FOMENTO Y

LEY Núm. 19.323
MODIFICA ARTICULO 124 DE LA LEY GENERAL DE PESCA Y ACUICULTURA

     Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente     
Proyecto de ley:


      DO 1994 MINISTERIO DE ECONOMIA FOMENTO Y RECONSTRUCCION SUBSECRETARIA DE PESCA



Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción
SUBSECRETARIA DE PESCA
LEY N° 19.323
MODIFICA ARTICULO 124 DE LA LEY GENERAL DE PESCA Y ACUICULTURA
Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
Artículo único.- Intercálase en el inciso tercero del artículo 124
de la Ley General de Pesca y Acuicultura contenida en el decreto supremo No. 430, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, de 1992, entre las palabras de e Iquique, la expresión Arica,.
Artículo transitorio.- Las causas por las infracciones a que se refiere la norma mencionada en el artículo precedente de esta ley, que estuvieren en tramitación en el juzgado civil de Iquique a la fecha de vigencia de esta ley, continuarán sustanciándose en dicho tribunal hasta su terminación..
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.
Santiago, 29.07.94.- EDUARDO FREI RUIZ-TAGLE, Presidente de la República.- Alvaro García Hurtado, Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción.
Lo que transcribo a Ud., para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Juan Manuel Cruz Sánchez, Subsecretario de Pesca, Subrogante.
Tribunal Constitucional Proyecto de ley que modifica el inciso tercero del artículo 124 de la
Ley General de Pesca y Acuicultura
El Secretario del Tribunal Constitucional, quien suscribe, certifica que el Honorable Senado envió el proyecto de ley enunciado en el rubro, aprobado por el Congreso Nacional, a fin de que este Tribunal ejerciera el control de su constitucionalidad, y que por sentencia de 19.07.94, declaró que las disposiciones contempladas en los artículos único y transitorio del proyecto remitido, son constitucionales. Santiago, 20.07.94.- Rafael Larraín Cruz, Secretario.