Leyes de la República


MINISTERIO SECRETARIA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA

LEY Núm. 19.372
MODIFICA ARTICULO 71 DE LA LEY No. 19.300, SOBRE BASES GENERALES DEL MEDIO AMBIENTE

     Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente     
Proyecto de ley:


      DO 1995


Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República
LEY N° 19.372
MODIFICA ARTICULO 71 DE LA LEY No. 19.300, SOBRE BASES GENERALES DEL MEDIO AMBIENTE
Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
Artículo único.- Reemplázase el inciso primero del artículo 71 de la ley No. 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, por el siguiente:
Artículo 71.- La Dirección Superior de la Comisión corresponderá a un Consejo Directivo integrado por el Ministro Secretario General de la Presidencia, quien lo presidirá con el título de Presidente de la Comisión Nacional del Medio Ambiente, y por los Ministros de Relaciones Exteriores; Defensa Nacional; Economía, Fomento y Reconstrucción; Planificación y Cooperación; Educación; Obras Públicas; Salud; Vivienda y Urbanismo; Agricultura; Minería; Transportes y Telecomunicaciones, y Bienes Nacionales...
Habiéndose cumplido con lo establecido en el No. 1° del Artículo 82 de la Constitución Política de la República, y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.
Santiago, 30 de enero de 1995.- EDUARDO FREI RUIZ-TAGLE, Presidente de la República.- Genaro Arriagada Herrera, Ministro Secretario General de la Presidencia de la República.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Angel Flisfisch Fernández, Subsecretario General de la Presidencia de la República.
Tribunal Constitucional
Proyecto de ley que modifica la Ley No. 19.300, de Bases Generales del Medio Ambiente
El Secretario del Tribunal Constitucional, quien suscribe, certifica que la Honorable Cámara de Diputados envió el proyecto de ley enunciado en el rubro, aprobado por el Congreso Nacional, a fin de que este Tribunal ejerciera el control de su constitucionalidad, y que por sentencia de 18 de enero de 1995, lo declaró constitucional.
Santiago, 19.01.95.- Rafael Larraín Cruz, Secretario.