
Leyes de la República
Actualidad Jurídica Base de Datos del Diario Oficial SUBSECRETARIA DEL TRABAJO LEY NUM. 19.673
Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente Proyecto de Ley: "Artículo único.- Intercálase en el inciso primero del artículo 1º de la ley Nº 19.296, entre los términos "municipalidades," y "el derecho", la siguiente expresión: "y del Congreso Nacional". Artículo transitorio.- Para acogerse al régimen jurídico que establece la referida ley, las asociaciones de funcionarios del Congreso Nacional cuyos estatutos se encontraren vigentes a la fecha de entrada en vigencia de la presente ley, deberán adecuarlos en el plazo de dos años, contado desde la misma fecha. Durante dicho lapso, gozarán de los derechos que la ley Nº 19.296 concede.". Y por cuanto he tenido
a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese
a efecto como Ley de la República.
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