
Leyes de la República
Actualidad Jurídica Base de Datos del Diario Oficial LEY NUM. 19.678
Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente Proyecto de Ley: "Artículo 1º.- Introdúcense las siguientes modificaciones al Título IV del Libro Tercero del Código de Procedimiento Penal: 1.- Sustitúyese
el epígrafe del párrafo primero, por el siguiente:
2.- Reemplázase en el artículo 611 la expresión "un Diputado o Senador, procederá contra él", por la siguiente: "una persona con el fuero del artículo 58 de la Constitución, procederá contra ella". 3.- Sustitúyese en el artículo 612 la expresión "un Diputado o Senador", por la frase "una persona con el fuero del artículo 58 de la Constitución". 4.- Sustitúyese
el inciso primero del artículo 614, por el siguiente:
5.- Agrégase al final del inciso primero del artículo 615, sustituyendo el punto (.) por una coma (,), la siguiente oración: "y en los demás casos, desde que se adquiera la respectiva calidad, de conformidad a la Constitución Política de la República.". 6.- Sustitúyese en el artículo 616 la expresión "al Diputado o Senador", por la siguiente: "a la persona con el fuero del artículo 58 de la Constitución". 7.- Reemplázase
el artículo 617 por el siguiente:
8.- Sustitúyese en el artículo 618 la frase "no fueren miembros del Congreso con otros que lo sean", por la siguiente: "no tuvieren el fuero del artículo 58 de la Constitución con otros que lo posean". Artículo 2º.- Introdúcense las siguientes modificaciones al Código Orgánico de Tribunales: 1.- En el artículo 63, numeral 4º, letra a), reemplázase la expresión "los Diputados y Senadores" por la frase "las personas a quienes les fueren aplicables los incisos segundo, tercero y cuarto del artículo 58 de la Constitución Política de la República". 2.- En el artículo 96, numeral 2º, sustitúyese la frase "senadores y diputados a que se refiere el", por "las personas a quienes les fueren aplicables los incisos segundo, tercero y cuarto del".". Y por cuanto he tenido
a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese
a efecto como Ley de la República.
|