
Leyes de la República
Actualidad Jurídica Base de Datos del Diario Oficial MINISTERIO DEL INTERIOR LEY NUM. 19.788 AUTORIZA LA CONSTRUCCION DE MONUMENTOS EN PUERTO AYSEN Y COYHAIQUE, Y CREA EL MUSEO Y ARCHIVO DEL EXPLORADOR AUGUSTO GROSSE Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente Proyecto de ley: "Artículo 1º.- Autorízase erigir un monumento en la ciudad de Puerto Aysén y otro en la de Coyhaique, en memoria del explorador Augusto Grosse Ickler. Artículo 2º.- Las obras se financiarán mediante erogaciones populares, obtenidas a través de colectas públicas, donaciones y otros aportes privados. Las colectas se efectuarán en las fechas que determine la comisión especial que establece el artículo 4º, en coordinación con el Ministerio del Interior. Artículo 3º.- Créase un fondo destinado a recibir las erogaciones, donaciones y demás aportes señalados en el artículo precedente. Artículo 4º.- Créase una
comisión especial, integrada por diez miembros ad honorem, encargada de ejecutar los
objetivos de esta ley, la que estará constituida por: Artículo 5º.- La comisión
tendrá las siguientes funciones: Artículo 6º.- Facúltase a la comisión especial para preparar y articular convenios con y entre entidades públicas o privadas con el objeto de constituir un archivo y museo para la custodia y administración de aquellos bienes de interés cultural o histórico que, habiendo pertenecido al explorador Augusto Grosse Ickler, sean donados al efecto por sus sucesores. Artículo 7º.- Si una vez construidos los monumentos quedaren excedentes de las erogaciones recibidas, éstos serán destinados al fin señalado en el artículo precedente. Artículo 8º.- Los monumentos deberán erigirse en el plazo de cinco años, contado desde la fecha de la publicación de la presente ley. Si vencido dicho plazo no se hubieren ejecutado las obras, los recursos obtenidos hasta esa fecha por concepto de erogaciones serán aplicados a los objetivos de beneficencia o culturales que la comisión establezca.". Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y
sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República. |